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Reglamento de Inteligencia Artificial

La obligaciónsigue al papel,no a latecnología.

El Reglamento de IA no pregunta qué es un sistema. Pregunta para qué se usa y quién lo puso ahí. Quien compra un modelo es responsable del despliegue; quien lo ajusta, lo renombra o lo entrega bajo su propio nombre puede encontrarse siendo el proveedor, y el proveedor carga con casi todos los deberes.
En vigor
1 de agosto de 2024
Modificado
27 de julio de 2026
Deberes de alto riesgo
2 de diciembre de 2027
Multas de hasta
7 % del volumen mundial
Las fechas que se movieron

El plazo de alto riesgo ya no es agosto de 2026. Casi todo lo escrito sobre este Reglamento sigue diciendo que sí.

El Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026, aplazó las obligaciones de los sistemas de alto riesgo del anexo III del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027, y las de la IA de alto riesgo integrada en productos ya regulados por el anexo I al 2 de agosto de 2028. Lo que no se aplazó es el deber de transparencia del artículo 50, aplicable desde el 2 de agosto de 2026. Quien planifique con una fuente escrita antes del pasado julio está planificando contra una fecha derogada.

Qué se aplica, y cuándo

Art. 5, desde 2.2.2025

Algunos usos están sencillamente cerrados

Las prácticas prohibidas rigen desde febrero de 2025, y la modificación de julio de 2026 añadió otras. Es el único escalón cuyo techo son 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocios mundial anual, conforme al artículo 99, apartado 3.

GPAI, desde 2.8.2025

Los modelos de uso general llevan sus propios deberes

Las obligaciones de los proveedores de modelos de IA de uso general, y la estructura de gobernanza que los supervisa, rigen desde agosto de 2025. La modificación de julio de 2026 amplió el papel ejecutivo de la Oficina de IA.

Art. 50, desde 2.8.2026

A las personas hay que decirles que tratan con una máquina

Un sistema que interactúa directamente con una persona debe indicar que es un sistema, y las imágenes, el audio o el vídeo sintéticos deben declararse como generados artificialmente. Este deber quedó fuera del aplazamiento y ya está vigente.

Art. 6(2), desde 2.12.2027

El régimen de alto riesgo, dieciséis meses más tarde de lo escrito

Los sistemas de los casos de uso del anexo III, empleo, educación, crédito, servicios esenciales, aplicación de la ley y otros, quedan sujetos al régimen completo desde el 2 de diciembre de 2027. Si la IA va dentro de un producto ya regulado por el anexo I, el 2 de agosto de 2028.

Art. 16 y art. 26

Proveedor y responsable del despliegue son papeles distintos con exposición distinta

El proveedor carga con el sistema de gestión de la calidad, la documentación, los registros y la conformidad del propio sistema. El responsable del despliegue tiene un conjunto más estrecho: usarlo según las instrucciones, mantener real la supervisión humana e informar a la persona cuando un sistema de alto riesgo decide sobre ella. Esa frontera es donde una empresa más se equivoca sobre cuál de los dos es.

Art. 99

Tres techos, y la mayor exposición está en el del medio

Las prácticas prohibidas llegan a 35 millones de euros o al 7 % del volumen mundial anual. Incumplir los deberes del proveedor del artículo 16, los del responsable del despliegue del artículo 26 o los de transparencia del artículo 50 llega a 15 millones o al 3 %. Dar a un organismo notificado o a una autoridad información incorrecta, incompleta o engañosa llega a 7,5 millones o al 1 %.

Fuente

Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial, modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744. Las fechas y los escalones de multa son los indicados por el AI Act Service Desk de la Comisión Europea. Nada en esta página es asesoramiento jurídico, y si un sistema concreto es de alto riesgo es cuestión de asesoría legal, no de un sitio web.
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