La obligaciónsigue al papel,no a latecnología.
- En vigor
- 1 de agosto de 2024
- Modificado
- 27 de julio de 2026
- Deberes de alto riesgo
- 2 de diciembre de 2027
- Multas de hasta
- 7 % del volumen mundial
El plazo de alto riesgo ya no es agosto de 2026. Casi todo lo escrito sobre este Reglamento sigue diciendo que sí.
Qué se aplica, y cuándo
Algunos usos están sencillamente cerrados
Las prácticas prohibidas rigen desde febrero de 2025, y la modificación de julio de 2026 añadió otras. Es el único escalón cuyo techo son 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocios mundial anual, conforme al artículo 99, apartado 3.
Los modelos de uso general llevan sus propios deberes
Las obligaciones de los proveedores de modelos de IA de uso general, y la estructura de gobernanza que los supervisa, rigen desde agosto de 2025. La modificación de julio de 2026 amplió el papel ejecutivo de la Oficina de IA.
A las personas hay que decirles que tratan con una máquina
Un sistema que interactúa directamente con una persona debe indicar que es un sistema, y las imágenes, el audio o el vídeo sintéticos deben declararse como generados artificialmente. Este deber quedó fuera del aplazamiento y ya está vigente.
El régimen de alto riesgo, dieciséis meses más tarde de lo escrito
Los sistemas de los casos de uso del anexo III, empleo, educación, crédito, servicios esenciales, aplicación de la ley y otros, quedan sujetos al régimen completo desde el 2 de diciembre de 2027. Si la IA va dentro de un producto ya regulado por el anexo I, el 2 de agosto de 2028.
Proveedor y responsable del despliegue son papeles distintos con exposición distinta
El proveedor carga con el sistema de gestión de la calidad, la documentación, los registros y la conformidad del propio sistema. El responsable del despliegue tiene un conjunto más estrecho: usarlo según las instrucciones, mantener real la supervisión humana e informar a la persona cuando un sistema de alto riesgo decide sobre ella. Esa frontera es donde una empresa más se equivoca sobre cuál de los dos es.
Tres techos, y la mayor exposición está en el del medio
Las prácticas prohibidas llegan a 35 millones de euros o al 7 % del volumen mundial anual. Incumplir los deberes del proveedor del artículo 16, los del responsable del despliegue del artículo 26 o los de transparencia del artículo 50 llega a 15 millones o al 3 %. Dar a un organismo notificado o a una autoridad información incorrecta, incompleta o engañosa llega a 7,5 millones o al 1 %.